Buscar
 Actualidad
ANSES: FECHA para cobrar la SEGUNDA cuota de la JUBILACIÓN
 05-04-2024 14:30:51
  El Gobierno confirmó que el próximo 17 de abril comenzará a pagar la segunda cuota de las jubilaciones y pensiones, con el aumento establecido por decreto.
Jubilados y pensionados con el haber mínimo



DNI terminado en 0: miércoles 10 de abril

DNI terminado en 1: jueves 11 de abril

DNI terminado en 2: viernes 12 de abril

DNI terminado en 3: lunes 15 de abril

DNI terminado en 4: martes 16 de abril

DNI terminado en 5: miércoles 17 de abril

DNI terminado en 6: jueves 18 de abril

DNI terminado en 7: viernes 19 de abril

DNI terminado en 8: lunes 22 de abril

DNI terminado en 9: martes 23 de abril

Jubilados y pensionados que superan el haber mínimo



DNI terminados en 0 y 1: miércoles 24 de abril

DNI terminados en 2 y 3: jueves 25 de abril

DNI terminados en 4 y 5: viernes 26 de abril

DNI terminados en 6 y 7: lunes 29 de abril

DNI terminados en 8 y 9: martes 30 de abril

AUH y Tarjeta Alimentar



DNI terminado en 0: 10 de abril

DNI terminado en 1: 11 de abril

DNI terminado en 2: 12 de abril

DNI terminado en 3: 15 de abril

DNI terminado en 4: 16 de abril

DNI terminado en 5: 17 de abril

DNI terminado en 6: 18 de abril

DNI terminado en 7: 19 de abril

DNI terminado en 8: 22 de abril

DNI terminado en 9: 23 de abril

Asignación por embarazo: cuándo cobro en abril



DNI terminado en 0: 10 de abril

DNI terminado en 1: 11 de abril

DNI terminado en 2: 12 de abril

DNI terminado en 3: 15 de abril

DNI terminado en 4: 16 de abril

DNI terminado en 5: 17 de abril

DNI terminado en 6: 18 de abril

DNI terminado en 7: 19 de abril

DNI terminado en 8: 22 de abril

DNI terminado en 9: 23 de abril





Qué se cobra en la segunda cuota de la jubilación

Corresponde al complemento de $70 mil y al aumento dispuesto por la administración de Milei.



Cómo cobrarán los jubilados en abril



El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 268/2024, publicado el 21 de marzo, estableció un incremento en la jubilación mínima a $134.445,30, junto con un bono adicional de $70.000 para aquellos que percibieran esa cantidad o menos, elevando el total a $204.445,30.



Sin embargo, el 25 de ese mes, con la publicación del decreto 274/2024, se introdujo una nueva fórmula de movilidad para jubilaciones y pensiones, que determinaba la actualización mensual a partir de julio, según el Índice de Precios al Consumidor (IPC).



El documento también especificaba que en las liquidaciones de abril se aplicaría un aumento del 12,% y un adicional del 13,24% correspondiente al IPC de febrero, anticipando así la movilidad a pagar en junio.



Como resultado, la jubilación mínima para el cuarto mes del año pasaba de $134.445,30 a $171.283,31, a la que se sumaba el bono de $70.000, alcanzando un total de $241.283,31.



Sin embargo, surgió una contradicción: según el DNU 274, los jubilados no podrían recibir el bono de $70.000, ya que el límite para percibirlo no se había actualizado, quedando en $134.445,30 en lugar de $171.283,31. Esto significaba que, según los términos establecidos hasta ese momento, no habría ayuda económica.



Por lo tanto, con la publicación del nuevo decreto 282/2024, el Gobierno corrigió esta situación para permitir que los jubilados reciban el bono completo. Según el documento, se modificaron los artículos 3 y 4 del DNU 268.



"Se establece que para aquellos titulares cuyos haberes totales no superen los $171.283,31, la ayuda económica previsional será de $70.000", se indica.



¿Cobran el bono las jubilaciones que superen el mínimo de $171.283,31?

Se aclaró que aquellos que cobren más de $171.283,31 recibirán un bono "igual a la diferencia necesaria para alcanzar el tope de $241.283,31".





Escuchanos en Vivo!